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Actualidad: Noticia
Registro de Voluntades Anticipadas (RVA)
"Los profesionales sanitarios responsables de los pacientes que se encuentren en el proceso de muerte están obligados a consultar el RVA."
Fecha de Publicación : 03-10-2016
 

El pasado 29 de septiembre de 2016, organizada por el Consejo Andaluz de Colegios de Médicos y la Consejería de Salud, tuvo lugar en el Colegio de Médicos de Sevilla una Jornada titulada “Registro de Voluntades Vitales Anticipadas (RVA)” en la que se ha abordado la funcionalidad del registro, así como el procedimiento para acceder a él y la garantía que supone para pacientes y profesionales sanitarios.

 

La normativa vigente establece, según expuso el doctor Ángel Hernández Gil, vocal de la Comisión Deontológica del Consejo Andaluz de Colegios de Médicos, que “los profesionales deben extremar el contenido de la información que se le traslada a los pacientes para que puedan proceder a la emisión de un consentimiento adecuado”. Del mismo modo ha recordado que, por ley, los profesionales sanitarios responsables de los pacientes que se encuentren en el proceso de muerte están obligados a consultar el Registro de Voluntades Vitales Anticipadas.

 

Los profesionales sanitarios deben darse de alta en el registro y consultar en él la voluntad vital del paciente. Las ventajas del sistema radican en que el paciente tiene la capacidad de controlar el tipo de asistencia médica que va a recibir, los profesionales sanitarios se sienten moral y legalmente amparados ante la toma de decisiones en situaciones difíciles y los familiares están más seguros ya que el tratamiento de la enfermedad se corresponde con el deseo del paciente.

 

La aplicación de la normativa establecida para el RVA supone una garantía adicional también para el médico en el ámbito privado, que pueda trabajar con seguridad jurídica y con todos los elementos de calidad que supone una responsabilidad ética y el actuar conforme a la voluntad del paciente, haciendo posible igualmente el ejercicio de un derecho fundamental de las personas.

 

Para una mayor información:

 

http://www.juntadeandalucia.es/salud/sites/csalud/contenidos/Informacion_General/c_2_c_8_voluntad_vital_anticipada/voluntad_vital_anticipada
 
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